SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0988/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0988/2005-R

Fecha: 19-Ago-2005

III.2.

III.2.   Al efecto, conviene recordar que la naturaleza y alcance del reconocimiento efectuado por la Resoluciones Ministeriales a las Directivas de los Sindicatos han sido definidos ya por la jurisprudencia constitucional en la SC 066/2003, de 22 de julio, misma que señala lo siguiente: “Conforme lo consagra el art. 159 CPE y se establece en las previsiones de los arts. 99 LGT y siguientes, 120 y siguientes de su Decreto Reglamentario, 1 del DL 07172 de 18 de mayo de 1965 y 1 de la RM 284/89-B de 14 de agosto de 1989, se reconoce y garantiza la vigencia de las organizaciones sindicales de los trabajadores, como personas jurídicas que tienen por finalidad esencial la defensa de los intereses colectivos que representan.