Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1011/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
II.2.
II.2. Por Resolución Prefectural 302/2004, de 5 de agosto (fs. 27), la autoridad recurrida resolvió suprimir el Área de Discapacidad dependiente de la Unidad de Política Social y Cultural de la Dirección de Desarrollo Social de la Prefectura, manteniendo la Dirección de Desarrollo Social, tuición sobre la gestión de CODEPEDIS. Además dispuso proveer de los ítems establecidos en la Ley de la Persona con Discapacidad y su Decreto Reglamentario con destino al referido Comité.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- a)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “
- Principio de estabilidad laboral' por el que las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo, salvo por las causales legalmente establecidas, previo proceso interno
- III.2.