Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1011/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 11 de febrero de 2005 pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, cursante de fs. 84 a 85 vta., dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gualberto Mancilla Iriarte, contra Alfonso Camacho Peña Prefecto y Comandante General del departamento de Cochabamba, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a una remuneración justa, consagrados por el art. 7 incs. a), d) y j) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- a)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “
- Principio de estabilidad laboral' por el que las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo, salvo por las causales legalmente establecidas, previo proceso interno
- III.2.