SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2005-R

Fecha: 29-Ago-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que el Juez recurrido al dictar la Resolución 340/2001 y la Sala recurrida al dictar el Auto de Vista 192/2004 que confirmó la Resolución del inferior, cometieron actos ilegales y omisiones indebidas al haber dispuesto la acumulación del proceso coactivo civil seguido por el Banco Nacional de Bolivia S.A., contra la Fábrica de Pinturas Espintbol S.A., Eduardo Zbinden Cardona y Rolando Chiappe Zambrana, con Sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada, al proceso de quiebra radicado ante el Juez de Partido Noveno en lo Civil de la Capital; restringiendo y suprimiendo así los derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.