SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1029/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1029/2005-R

Fecha: 29-Ago-2005

II.3.

II.3. Por memorial de 15 de mayo de 2003, el recurrente solicitó fotocopias legalizadas de lo actuado (fs. 83); y el 5 de junio de 2003 (fs. 14 y vta.), interpuso prescripción de la obligación, reiterado por memorial de 12 de enero de 2004 (fs. 17 y vta.), mereciendo los decretos de 10 de junio de 2003 y 17 de febrero de 2004, a través de los cuales se señaló no haberse operado ésta por la activación del titular del derecho (fs. 15 y 18), acudiendo en razón de ello, el 28 de abril de 2004 ante el Presidente Ejecutivo del SIN, quién derivó la resolución del caso a la Gerencia Distrital, según manifestación del recurrente, no acreditada por actuado alguno.