SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1055/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 16 de febrero de 2005, Miguel Ángel Ríos presentó denuncia contra Carlos Alberto Peña Melgar y otros, por los delitos de estelionato y estafa; y el 26 del mismo mes y año prestó su declaración informativa, en la que ratificó su denuncia, afirmando en forma clara que quienes le firmaron las minutas de transferencia con reconocimiento de firmas y rúbricas fueron Carlos Alberto Peña y Willy Sanjines, y quien les mostró los lotes fue José Luis Montoya; sin embargo, posteriormente formalizó querella involucrando a su representada, y cuando ésta se presentó a declarar el Fiscal recurrido, sin que exista el menor elemento o indicio de culpabilidad y prestándose a los fines extorsivos de los querellantes, con abuso de autoridad le imputó los referidos delitos, disponiendo su apremio corporal.
Los recurridos en lugar de constituirse en defensores de la sociedad y la ley, en observancia del principio de legalidad y probidad, se han convertido en un instrumento de la extorsión, vulnerando el derecho de su hija a la presunción de inocencia, pues es arquitecta de profesión, tiene trabajo y domicilio conocido; empero, los recurridos ordenaron su detención sólo por ser apoderada, cuando en esta condición no tiene ninguna responsabilidad, por no existir ninguno de los requisitos señalados en las normas previstas por el art. 233 del Código de procedimiento penal (CPP), olvidando que la detención es la excepción y la libertad es la regla.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Violaciones al debido proceso en hábeas corpus
- se circunscribió a imputar a mi hija, Rubby Jannet Sanjinez Zaconeta, por lo tanto quien dispuso la detención ilegal fue el señor Juez Onceavo de Instrucción Cautelar, Dr. Jimmy López R. (..)”
- III.4.2. Sobre la actuación del Juez recurrido
- REVOCAR