Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1062/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.6.
II.6. A fs. 82 cursa el acta de embargo de la propiedad de Julia Gabina Corrales Meneses, que se practicó por el Oficial de Diligencias del Juzgado Partido en lo Civil de Quillacollo, el 25 octubre de 2003 (fs. 82), y el Juez demandado por proveído de 29 de octubre de 2003 estableció que previamente a señalarse remate se notifique a los coactivados con el primer Auto atinente al pedido inicial de ejecución de Sentencia de 13 de mayo de 1999, conforme a lo previsto por el art. 137 inc. 6) del CPC (fs. 83 vta.), en esa forma se los notificó el 13 de noviembre de 2003 en el domicilio que señalaron (fs. 85).
- recurso de amparo constituciona
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- : 1)
- III.3.
- APRUEBA