Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1062/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.8.
II.8. A través del Auto de 14 de octubre de 2004 (fs. 172 vta.) el Juez demandado ordenó la extensión de la minuta traslativa de propiedad de oficio y en rebeldía de la coactivada al no haber extendido la citada minuta, siendo notificados los coactivados con dicho Auto el 18 de noviembre de 2004 (fs. 174).
- recurso de amparo constituciona
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- : 1)
- III.3.
- APRUEBA