Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1086/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
i)
En el recurso jerárquico, el actor, además de reproducir en parte los fundamentos del recurso de revocatoria, añadió los siguientes agravios: i) la sumariante, al resolver el recurso de revocatoria, revisó sus propios actos y fundamentó ampliando sobre otros hechos que no fueron motivo del recurso; ii) el movimiento de personal no le era atribuible, y iii) la supuesta falta de materiales no podía servir de base para sancionarlo, pues por su uso diario son perecibles.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
- que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
- Fragmento 15
- III.2.
- i)
- en ningún momento impugnó los actos ilegales demandados
- III.3.