SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1086/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1086/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente, por medio de su abogado, ratificó y amplió los fundamentos de su recurso señalando que se trata de un caso de bagatela, pues los bienes que faltaban (jaboncillos, detergentes, papel higiénico, cascos y una impresora) son de escaso valor y fueron restituidos, por lo que no podía ser sancionado con la pena máxima, pero al imponerla se ha violado “el arbitrio judicial” tanto por el Juez Sumariante como por la Superintendencia del Servicio Civil.  La justicia consiste en saber determinar correctamente la falta, el grado de culpabilidad y la sanción; y en el caso, lo que dice la Sumariante es que el que robe un pañuelo o el que desfalque todo un recinto aduanero tienen la sanción de destitución. Finalmente, expone que al no considerarse la devolución de los bienes, se ha violado la seguridad jurídica más aún cuando la falta cometida sólo ameritaba una amonestación pura y simple y que debió tomarse en cuenta, la calidad de excelente funcionario público del recurrente.