Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1088/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
a)
a) La internación inmediata del actor fue dispuesta por la autoridad superior al Juez recurrido quien sólo cumplió con esa determinación, entendiendo que la internación era una medida sustitutiva, extremo que fue complementado y aclarado por el tribunal de alzada al pronunciarse respecto a los gastos y la custodia correspondiente.