Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1088/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.8.
II.8. Por Informe de 28 de julio de 2005 (fs. 32), el Médico General del Penal de San Pedro informó que el 27 de julio de 2005, el actor no fue recibido en el Hospital de Clínicas, en atención a un paro de cuarenta y ocho horas del sector salud, motivo por el cual el 29 de julio se daría cumplimento a la orden judicial.