SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1088/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
la emisión de mandamiento de libertad
Posteriormente, el 26 de julio de 2005, el actor solicitó a la autoridad judicial recurrida la emisión de mandamiento de libertad, pedido que mereció la providencia de 27 de julio de 2005 dictada por el Juez recurrido por la cual decidió “para evitar erróneas interpretaciones y la interposición de recursos innecesarios” solicitar a la Sala Penal Primera, la explicación y aclaración de la Resolución 362/2005, de 12 de julio de 2005, en sentido de que si constituía un auto de cesación de detención preventiva a favor del imputado, y se aclare, la autoridad o persona que debía estar encargada de la custodia y seguridad del imputado durante su internación, ordenando la remisión de antecedentes a dicha Sala; aclaración que fue emitida por la Sala Penal mediante Auto de Vista de 27 de julio de 2005.