SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela del derecho a la petición, consagrado en el art. 7 inc. h) de la CPE, que considera fue vulnerado por los recurridos, pues, mediante nota reclamó ante ellos los hechos irregulares ocurridos en las elecciones efectuadas por COTEOR Ltda. para la renovación de sus Consejos de Administración y Vigilancia, pero no recibió respuesta. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.