Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2005-R
Fecha: 19-Sep-2005
II.2.
II.2. El 17 de abril de 2001, la Jueza Tercera de Partido en lo Civil de La Paz, en el proceso descrito anteriormente, dictó la Sentencia 217/2001, declarando probada la demanda, disponiendo prosiga el proceso hasta el remate de los bienes de los ejecutados, en especial el bien otorgado en garantía hipotecaria (fs. 6 a 8); Sentencia que fue declarada ejecutoriada el 6 de junio de 2001 (fs. 10 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La excepción a la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- III.2.
- actos jurídicos debidamente registrados con anterioridad al embargo o de aquellos documentos que tengan fecha cierta
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR