SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2005-R
Fecha: 19-Sep-2005
III.6.
III.6. Respecto al derecho a la defensa, que la recurrente afirma haber sido vulnerado por el proveído de 3 de diciembre de 2004, que ordenó desapoderar el inmueble que ocupan sin que hubieran sido parte en el proceso ejecutivo seguido por el tercero interesado contra la propietaria del mismo, o vencidos en proceso legal; corresponde señalar que, conforme se refirió en los FJ III.1 y III.2 de la presente Sentencia, la excepción al principio de subsidiariedad en supuestos en los cuales se pretende proteger el derecho a la vivienda, como en el presente caso, es sólo para proteger ese derecho por su especial trascendencia en el núcleo familiar y los emergentes de su efectivización, como el derecho a la posesión, al uso y goce del inmueble que sirve de vivienda; y no es aplicable al derecho a la defensa o al debido proceso, pues éstos no tienen una directa relación con el derecho a la vivienda, aunque son ejercidos durante los procesos utilizados para la protección de todos los derechos, incluido a la vivienda; empero, el ejercicio de esos derechos no pueden ser objeto de una protección excepcional, antes de que las vías legales sean agotadas, porque es precisamente en el uso de esos mecanismos que deben ser ejercidos, por tanto resultaría una paradoja proteger un derecho que se esta ejerciendo, como en el presente caso, en el que la recurrente solicita la protección al derecho a la defensa, estando en trámite la oposición que presentaron para dilucidar su derecho posesorio sobre el inmueble que tomaron en supuestos contratos de alquiler o de anticresis, procedimiento en el cual incluso presentaron recurso de apelación, mismo que extraña que no haya sido tramitado debidamente y con la debida diligencia por la Jueza de la causa. En consecuencia están ejerciendo el derecho a la defensa que pretenden tutelar en el presente recurso; razón por la que no es posible conceder el amparo que solicitan.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La excepción a la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- III.2.
- actos jurídicos debidamente registrados con anterioridad al embargo o de aquellos documentos que tengan fecha cierta
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR