Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2005-R
Fecha: 19-Sep-2005
II.6.
II.6. Por Auto de Vista de 20 de noviembre de 2004 se resolvió la apelación presentada contra el Auto de 12 de febrero de 2004, disponiéndose la nulidad de obrados con reposición hasta fs. 265 inclusive del expediente original, debiendo además notificarse a las partes con la Resolución de 19 de septiembre de 2003 (fs. 14 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley
- III.3. Resolución de la problemática planteada
- III.4. Sobre la nulidad de obrados
- APROBAR