Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2005-R
Fecha: 30-Sep-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución cursante de fs. 4324 vta. a 4328, pronunciada el 3 de marzo de 2005 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gil Antonio Porras López en representación del Banco de Santa Cruz S.A. contra Adolfo Gandarilla Suárez, Juana Molina Paz y Hernán Cortez Castillo, vocales de la Sala Civil Primera, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, la garantía del debido proceso y el principio de irretroactividad, consagrados en los arts. 7 incs. a), i), 16.IV y 33 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.4.
- consintió el acto que ahora pretende reclamar
- no obstante, el actor por memorial de 30 de octubre de 2003 solicitó al Tribunal de alzada la extensión de fotocopias legalizadas sin formular reclamo alguno sobre la extrañada falta de notificación
- APRUEBA