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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2006-R

    Fecha: 10-Ene-2006

    II.7.

    II.7. La Sala Social y Administrativa -ahora co-recurrida-, como tribunal de alzada, mediante Auto de Vista de 25 de enero de 2005, confirmó en todas sus partes la Sentencia apelada; sin hacer mención alguna al otrosí primero del memorial de apelación presentado por el ahora recurrente, donde formuló nulidad de obrados (fs. 47 a 48 vta.).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC
    • y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
    • III.2.
    • que de manera congruente se reconducen y sirven de fundamento del petitorio
    • 2)
    • III.3.
    • cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el simple relato de los hechos y la indicación de los derechos o de las normas constitucionales
    • sino sólo para lesiones a derechos fundamentales y garantías constitucionales
    • la inexistencia del estricto nexo de causalidad entre los requisitos de admisibilidad de contenido

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