Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
recurso
En revisión la Resolución de fs. 27 vta. a 29 vta. de “5” de septiembre de 2005, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Juan José Subieta Claros en representación sin mandato de Lorenzo Ardaya Mendoza contra Walter Pérez Lora, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, alegando la vulneración del derecho a la libertad de su representado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la detención preventiva cesará cuando su duración exceda de dieciocho meses sin que se haya dictado sentencia
- en resguardo de la eficacia de la persecución penal, la parte in fine del mismo art. 239 del CPP, faculta al juez a aplicar una o más medidas sustitutivas a la detención previstas en el art. 240 del CPP
- III.3.
- III.4.