SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes denuncian la vulneración de los derechos a la dignidad y libertad de sus representados, por cuanto habiendo sido sancionados por actos de indisciplina con la medida de encierro en celda de aislamiento, el Director recurrido les impuso otras sanciones que no estaban contempladas en la Resolución Administrativa, como la prohibición de recibir visitas por el mismo tiempo, incomunicándoseles con sus familiares, agravando ilegalmente sus sanciones, las que cumplieron en condiciones inhumanas y degradantes, y no obstante de haber cumplido sus sanciones, sus representados continúan recibiendo un trato inhumano, cruel y degradante que afecta su dignidad humana, pues siguen aislados encontrándose en un cuarto pequeño de aproximadamente dos metros por dos, sin ventilación y donde se encuentran cinco personas, cuyo hacinamiento y trato inhumano fue reiteradamente denunciado al Juez de Ejecución Penal en la visita semanal, pero no se adoptó ninguna medida. En la actualidad sus representados tienen que comunicarse desde el interior de esa celda y recibir atropellos por parte del Jefe de Seguridad correcurrido. En consecuencia, corresponde revisar si los extremos denunciados son evidentes y si merecen la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- el empleo de los términos “concede” o “deniega” se aplican a las resoluciones dictadas dentro de los recursos de amparo constitucional