Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Habiéndose sorteado el expediente el 7 de noviembre de 2005 y al requerir de mayor análisis y amplio estudio, por Acuerdo Jurisdiccional 002/2006, de 3 de enero, se procedió a ampliar el plazo procesal, en la mitad del término, siendo su nuevo vencimiento el 1 de febrero de 2006, por lo que la presente Resolución es dictada dentro del término previsto por ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Julio Espinoza Tavel, Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional,
- Luis Fernando Sossa Vega, Fiscal General del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- Fragmento 19
- APROBAR