Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.7.
II.7. Por requerimiento de 30 de marzo de 2005 (fs. 194 a 195), el Fiscal recurrido señaló que el Tribunal inferior dictó una Resolución ratificatoria del fallo de sobreseimiento que no se ajusta procedimiento al no determinar la clase de fallo que correspondió a la estación plenarial que conoció, requiriendo porque se anule obrados a objeto de que el Tribunal Disciplinario Departamental Liquidador dicte fallo de acuerdo con los datos del proceso y la fase plenarial en que se encuentra la causa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Julio Espinoza Tavel, Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional,
- Luis Fernando Sossa Vega, Fiscal General del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- Fragmento 19
- APROBAR