Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.5.
II.5. Remitido en consulta el fallo anterior ante el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional (fs. 174), éste envió el caso en vista fiscal (fs. 175), requiriendo el Fiscal recurrido el 28 de febrero de 2005 (fs. 176), porque se revoque la Resolución de 31 de enero de 2005 y se prosiga con el trámite de la causa conforme al art. “105 y 55 del R.D.S.P.N.” (abrogado) (textual).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Julio Espinoza Tavel, Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional,
- Luis Fernando Sossa Vega, Fiscal General del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- Fragmento 19
- APROBAR