Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 25 de enero de 2005 (fs. 24 a 25), el imputado a través de su representante planteó un incidente de nulidad de obrados arguyendo que en el sorteo y distribución de la causa por vía informática, no figuran las firmas del vocal semanero ni del secretario de cámara; también planteó la excepción de falta de acción con el fundamento de que el primer titular del cheque como es el representado de la actora, no puede ejercitar la acción penal porque en base al endoso a Gonzalo Crespo, éste se subrogó los derechos y acciones del mismo, debiendo ser este último quien plantee la acción y no lo hizo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- realizando interpretaciones forzadas,
- III.1.
- Fragmento 16
- 1.
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto