SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.7.
II.7. Los vocales recurridos pronunciaron la Resolución 86/2005, de 14 de abril (fs. 60 a 61 vta.), declarando admisible la excepción opuesta y procedente, en consecuencia revocaron la Resolución apelada 110/2005 indicando que respecto al incidente de nulidad, no es evidente que exista una causal de nulidad de las actuaciones procesales y en cuanto a la excepción de falta de acción, fundamentaron que el cheque en cuestión, si bien fue girado a favor del querellante y representado de la actora, ingresó en circulación comercial al ser endosado a favor de una persona distinta al querellante, lo que afecta su legitimación procesal e impide la prosecución de la acción penal por éste, pues falta el título de la acción penal privada, a más que en este caso no existe participación del titular del endoso del cheque, que está ausente en el proceso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- realizando interpretaciones forzadas,
- III.1.
- Fragmento 16
- 1.
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto