SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
concedió
Por Resolución cursante de fs. 173 a 176, el Tribunal de amparo concedió el recurso, dejando sin efecto la Cláusula Tercera del “Certificado Único de Compra Venta de Ganado y Control de Abigeato” y, conforme al espíritu de la Resolución Triministerial dispuso “devolver el costo del cuero al ganadero o al propietario”(sic), con costas, sin daños ni perjuicios, con los siguientes fundamentos: a) la falta de consentimiento para la formación del contrato, que es requisito primordial de las partes, quita validez al contrato, puesto que se define el consentimiento como la manifestación de dos o más voluntades que se las exterioriza gracias a la integración de intereses contrapuestos; b) tal como dispone el art. 452 inc. 1) del CC, el consentimiento constituye un requisito, no sólo de formación sino de validez de los contratos, sin el cual ningún acto jurídico nace a la vida del derecho; por tal razón, la ausencia de consentimiento corresponde a la invalidez del acto jurídico; c) en ese Certificado Único de Compra Venta de Ganado y Control de Abigeato, pretendido como válido en su cláusula tercera, por encima del contrato de compraventa, por el que el vendedor transfirió la propiedad de una cosa o un derecho a cambio de un precio en dinero, tiene exigencia de transformarse en adhesivo y lograr la propiedad de cueros que no les corresponden a los recurridos. Cuando no se ha pactado con los afectados, esa adhesión, resulta ser unilateral en su pretensión por lo que se constituiría una aceptación expresa y obligatoria de lo pactado entre las partes del contrato; d) éste acto vulnera el acuerdo de voluntades que genera obligaciones, resultando confiscatorio inclusive, ya que con el pretexto de la lucha contra el abigeato, a la cual todos se adhieren y solidarizan, no puede de manera unilateral crear un impuesto disfrazado, para lo cual no les faculta la Resolución Triministerial como ya se tiene manifestado. Siendo los únicos que pueden crear impuestos, los legisladores, por lo que resultan nulos los actos de los que usurpen funciones que no les competen, arts. 26 y 31 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- aplicar el certificado único de compraventa y control de abigeato, refleja un mecanismo para hacer operativo el citado art. 9 de la Ley 80, pues se entiende que la actividad a la que se ocupan comprende indudablemente la transferencia de ganado, en cuyo mérito dicha pretensión no constituye un acto ilegal como erróneamente sostiene el actor pues no vulnera ningún derecho o garantía constitucional
- derecho a la seguridad jurídica
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR