SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

III.2.

III.2. Por otra parte, en cuanto a los actos ilegales denunciados en relación a las acciones de hecho en que habrían incurrido los demandados, para desconocer los derechos de la parte recurrente, es preciso señalar que de acuerdo con la jurisprudencia de este Tribunal contenida en las SSCC 369/2001-R y 1201/2001-R, la “determinación del Tribunal de amparo debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto ha sido violado o está amenazado un derecho fundamental”; certeza que en el caso que se examina no existe, toda vez que los actores no adjuntaron la prueba idónea para acreditar sus aseveraciones respecto a la efectiva participación de los ahora recurridos, circunstancia que determina la improcedencia del presente recurso.