SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0957/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0957/2006-R

Fecha: 02-Oct-2006

II.3.

II.3.  El 19 de enero de 2002, el Oficial de Diligencias del Juzgado Decimoprimero de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de La Paz, representó que el mandante de la recurrente no había sido habido en su domicilio señalado a objeto de ser citado con la demanda ejecutiva y el Auto Intimatorio, por lo que se había dejado aviso judicial a la coejecutada, apersonándose al siguiente día sin tampoco haber encontrado al ejecutado (fs. 27).