Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
II.4.
II.4. Por nota SENASAG D.N. 1425/2005, de 20 de diciembre (fs. 145), la autoridad recurrida comunicó a Bernabé Arteaga Temo, que la relación contractual con el SENASAG concluía el 31 de diciembre de 2005, y le instruyó elaborar el informe de actividades, y entregar los bienes y documentación bajo su custodia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- previamente agote los medios ordinarios
- SC 1337/2003-R
- funcionarios de carrera señala que son aquellos que forman parte de la administración pública,
- art. 6 del EFP
- si bien
- no incorporar
- III.3. Análisis del presente caso
- APRUEBA