Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Carlos Cadima Romero y Virginia Rocabado Ayaviri, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando sea declarado procedente, probada la excepción de falta de fuerza coactiva, y se disponga la cancelación de embargos y de toda acción que se hubiera precavido contra las garantías muebles e inmuebles adicionales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- el recurrente debió dirigir el presente recurso contra todas las personas que asumieron la decisión que le afecta,
- cuando una resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto contra todos quienes intervinieron en ella,
- III.2. El caso ahora analizado
- III.3. En cuanto al poder con el que actúa la parte recurrente
- APRUEBA