SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 23 de enero de 2006, cursante de fs. 152 a 153, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Raúl Pablo Artero Pereira en representación de Industrias Electromecánicas “FEMCO” S.R.L. contra Carlos Cadima Romero y Virginia Rocabado Ayaviri, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, alegando la vulneración de los derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 6.I, 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- el recurrente debió dirigir el presente recurso contra todas las personas que asumieron la decisión que le afecta,
- cuando una resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto contra todos quienes intervinieron en ella,
- III.2. El caso ahora analizado
- III.3. En cuanto al poder con el que actúa la parte recurrente
- APRUEBA