SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2006-R

Fecha: 01-Nov-2006

La consulta, en caso de rechazo del incidente, será conocida por la Comisión de Admisión la que resolverá sobre su procedencia en el plazo de diez días

Por su parte, el art. 64.III de la LTC, de manera expresa reconoce que: “La consulta, en caso de rechazo del incidente, será conocida por la Comisión de Admisión la que resolverá sobre su procedencia en el plazo de diez días. Admitido que sea, se observará lo dispuesto en los parágrafos anteriores en lo pertinente” (sic).