SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
II.2.
II.2. Contra la Resolución 2003/58, la UAGRM, interpuso recurso de revocatoria (fs. 108 a 109); el que fue declarado extemporáneo por Resolución Administrativa (RA) 02/04, de 6 de mayo de 2004 pronunciada por el Oficial Mayor de Desarrollo Territorial (fs. 111 a 112). Ante cuya decisión la UAGRM planteó recurso jerárquico el 10 de mayo de 2004 (fs. 113 a 114 vta.), que fue resuelto por el Alcalde Municipal, de ese entonces, Roberto Fernández Saucedo, mediante RA 583/2004, de 3 de junio, resolviendo anular obrados hasta el vicio más antiguo, esto es hasta analizar la solicitud de visación de plano de uso de suelo inclusive, referido a que los servidores municipales en los cargos de Director de Regulación Urbana, Director General, de Desarrollo Territorial y Oficial Mayor de Desarrollo Territorial, procedan a valorar la solicitud de aprobación de planos de uso de suelo de los terrenos de propiedad de Abel Agreda Méndez y Celsa Nogales de Agreda, observando y aplicando la normatividad municipal y nacional (fs. 130 a 133).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- improcedente
- APROBAR