SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
II.4.
II.4. La ahora recurrente, por memorial presentado el 2 de julio de 2004 (fs. 141 a 142) solicitó al Alcalde Municipal aclaración y complementación de la RA 583/2004, de 3 de junio; señalando lo siguiente: 1) si la anulación de planos dispuesta mediante RA 583/2004, de 3 de junio les permitía proseguir con las obras en construcción; 2) una vez anulados los planos, la construcción que al presente se encuentra eregida en el lote de terreno de su propiedad se convierte en construcción clandestina; 3) cual el procedimiento para solicitar nuevamente la aprobación de planos, teniendo en cuenta que existe una Resolución Administrativa no jurisdiccional que anula obrados sobre un trámite que cumplió con todas las formalidades técnicas y legales para su aprobación; y otras.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- improcedente
- APROBAR