Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2006-R
Fecha: 24-Nov-2006
II.4.
II.4. La Jueza recurrida dictó la Sentencia 028/2006 de 27 de marzo, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que los ahora recurrentes paguen las suma de Bs18112,50.- (dieciocho mil ciento doce 50/100 bolivianos) por beneficios sociales y salarios devengados (fs. 37 a 39), la que fue notificada a los demandados por cédula en el domicilio de calle Potosí 4782, entre Lira y Oblitas el 6 de abril de 2006 (fs. 40).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- III.3.
- III.4.