Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1185/2006-R
Fecha: 24-Nov-2006
II.5.
II.5. Por escrito de 13 de mayo de 2006, el representado del recurrente solicitó la nulidad de su notificación de 29 de diciembre de 2004, con el Auto de Vista de 26 de febrero de 2004, y que por consiguiente se ordene su inmediata libertad (fs. 20 a 22 vta.). El incidente fue rechazado por los recurridos por Resolución de 31 de agosto de 2006 (fs. 25 a 28 vta.) y habiéndose solicitado enmienda por escrito de 17 de octubre de 2006, se declaró no ha lugar por proveído de 18 de octubre de 2006 (fs. 34 a 37).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la notificación con las resoluciones en apelación, debe ser realizada en forma personal
- III.2.
- este fue notificado en tablero y no de forma personal como debió realizarse, ya que
- III.3.