Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1193/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE, arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, en revisión APRUEBA la Resolución 1/2006, de 13 de febrero, cursante de fs. 24 a 27 pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Sica Sica provincia Aroma en suplencia legal del Juez de Partido Mixto y de Sentencia de la provincia Camacho del Distrito Judicial de La Paz y; en consecuencia CONCEDE la tutela invocada, con los efectos señalados en la Resolución revisada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Incompatibilidad del cargo de concejal municipal
- es decir que se trata de la incompatibilidad sobreviniente
- III.2. Caso analizado
- Los suplentes asumirán la titularidad cuando los concejales titulares dejen sus funciones en forma temporal o definitiva
- III.3. Terminología adecuada en resoluciones y sentencias constitucionales que resuelven recursos de amparo constitucional
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