Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC; en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 011/2006, de 15 de marzo, cursante de fs. 140 a 141, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y declarar IMPROCEDENTE el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a fin de que se otorgue la tutela en caso de alegarse la violación del derecho a formular peticiones, corresponde que el recurrente, demuestre los siguientes hechos:
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 11
- III.4.
- APROBAR