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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2006-R

    Fecha: 28-Nov-2006

    II.2.

    II.2.  El 19 de enero de 2006, los recurrentes y otros, mediante nota 009/2006, de 17 de enero, solicitaron al Presidente del CEN de ANSSCLAPOL dejar sin efecto lo resuelto en la reunión de 8 de enero de 2006 (fs. 5 a 6); y mediante memorial presentado el 23 de febrero de 2006, el recurrente Andrés Acuña Otondo exigió respuesta a la nota citada (fs. 7 y vta.). 

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • II.2.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • a fin de que se otorgue la tutela en caso de alegarse la violación del derecho a formular peticiones, corresponde que el recurrente, demuestre los siguientes hechos:
    • III.2.
    • III.3.
    • Fragmento 11
    • III.4.
    • APROBAR

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