SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 011/2006, de 15 de marzo, cursante de fs. 140 a 141, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Andrés Acuña Otondo, Rolando Castillo Chambi y Silvana de los Ángeles Garnica Achacollo, Presidente, Secretario General y Secretaria de Régimen Interno y Asistencia Social de la Asociación de Suboficiales, Sargentos, Cabos y Policías (“ANSSCLAPOL”) filial Tarija contra Víctor Iriarte Figueredo y Alejandro Escalante Rueda, Presidente del Consejo Ejecutivo Nacional (CEN) y Fiscal de la región del sur del Consejo Superior de Fiscalización y Vigilancia de ANSSCLAPOL, respectivamente, denunciando la vulneración de su derecho de petición, consagrado en el art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a fin de que se otorgue la tutela en caso de alegarse la violación del derecho a formular peticiones, corresponde que el recurrente, demuestre los siguientes hechos:
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 11
- III.4.
- APROBAR