Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0100/2006
Fecha: 19-Dic-2006
III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
Dada la naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad se establece que es: “ (…) una acción jurisdiccional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, cuya finalidad es la de declarar expresamente la nulidad de los actos invasivos o usurpadores de las competencias delimitadas por la Constitución Política del Estado y las leyes; vale decir, que es un medio jurisdiccional reparador” (SC 0108/2003, de 10 de noviembre).
- recursos directos de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- j)
- admitió
- con idéntico tenor para todos los recursos,
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- 2006-14461-29-RDN,
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- 1)
- dentro del plazo perentorio de seis días desde la fecha en que ingresare la causa a despacho del juez de apelación o desde que se sorteare el expediente tratándose de tribunales colegiados
- la autoridad judicial incurre en retardación de justicia,
- se constata en forma incontrastable que todos y cada uno de los
- INFUNDADOS