SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 24 de octubre de 2006, cursante de fs. 21 a 22 vta., el recurrente manifiesta que su representado se encuentra ilegalmente recluido en la cárcel pública de San Pedro a pesar de que existe una Resolución de sobreseimiento a su favor; sin embargo, la Jueza recurrida en forma arbitraria e ilegal se niega a librar mandamiento de libertad a su favor, manteniéndolo detenido preventivamente sin ningún justificativo legal.

Señala que el 3 de marzo de 2006, dentro del injusto proceso penal seguido en su contra por el supuesto delito de tentativa de violación, luego de transcurridos los seis meses que fija el art. 134 del Código de  Procedimiento Penal (CPP), recién el 26 de septiembre de 2006, la jueza recurrida conminó al Fiscal de Distrito para que presente requerimiento conclusivo, sin que esta autoridad se haya pronunciado; por lo que correspondía la extinción de la acción penal; máxime, si la supuesta víctima no dio señales de existencia, debido a que jamás asistió a las audiencias llevadas a cabo. No obstante ello, la Fiscalía presentó el 3 de octubre de 2006, la Resolución de sobreseimiento a favor de su representado, requerimiento que fue notificado a las partes y puesto en conocimiento de la Jueza recurrida; sin embargo, ésta autoridad tomándose atribuciones que no le corresponden observó la forma de notificación, situación que a pesar de su impertinencia, fue cumplida por la Fiscal y puesta nuevamente en conocimiento de la autoridad jurisdiccional, por lo que su representado solicitó se libre mandamiento de libertad; empero, la Jueza recurrida mediante decreto de 6 de octubre de 2006, denegó su solicitud, por lo que interpuso recurso de reposición fundamentando los agravios por mantener ilegalmente su detención, toda vez que el 3 de septiembre de 2006, venció el plazo máximo de duración de la etapa preparatoria, lo que implica que no puede mantenerse su detención preventiva; que la Jueza recurrida deniega su solicitud de librar el mandamiento de libertad definitiva.