SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

III.2. Sobre la conclusión de la etapa preparatoria del proceso

Para el análisis del problema planteado, resulta pertinente recordar que conforme se relacionó en la SC 1036/2002-R, de 29 de agosto: “El proceso consiste en una progresiva y continuada secuencia de actos. Así, el Código procesal vigente, al igual que sus similares aludidos, con diversos matices configuran el procedimiento ordinario del juicio penal en tres partes, a saber: 1) La Etapa Preparatoria; 2) La Etapa Intermedia y 3) El juicio propiamente dicho (oral y público). A su vez, cada Etapa está integrada por subetapas o fases claramente marcadas, cumpliendo cada una de ellas una finalidad específica dentro de la genérica que todas ellas tienen en su conjunto. Así, la Etapa Preparatoria, que es la que nos interesa analizar por su pertinencia, se halla integrada por tres fases: 1) Actos iniciales; 2) Desarrollo de la etapa preparatoria y, 3) Conclusión de la etapa preparatoria.

2) La segunda fase, esto es, el desarrollo de la etapa preparatoria, empieza con la imputación formal (art. 301 inc. 1 y 302 CPP), y representa el inicio del proceso penal. Los supuestos 2), 3) y 4), que acoge el art. 301 no hacen al desarrollo de la Etapa Preparatoria, pues son opciones alternativas a la imputación formal.


Respecto de los actos conclusivos que dan lugar a la tercera fase de la etapa preparatoria, se encuentra la presentación de la acusación por el fiscal al Juez o Tribunal de Sentencia, o en su caso, la presentación de requerimiento fiscal ante el Juez de la instrucción, proponiendo una salida alternativa, -entre ellas- la suspensión condicional del proceso, la aplicación del procedimiento abreviado, de un criterio de oportunidad o que se promueva la conciliación. Finalmente, podrá decretarse de manera fundamentada el sobreseimiento, así lo prescribe la norma prevista por el art. 323 inc. 3) del CPP. Respecto de cada una de estas formas de conclusión de la etapa preparatoria, emergen diversas consecuencias procesales.