SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

sigan siendo limitados cuando la razón que los fundó ya no existe.


Que, el razonamiento expuesto, tiene su sustento jurídico, en que resulta arbitrario y por lo mismo lesivo a los derechos fundamentales que han sido restringidos a través de la imposición de medidas cautelares, sigan siendo limitados cuando la razón que los fundó ya no existe. Ante ello, la actuación del juzgador que aplicó las medidas o el Tribunal que conozca del juicio, debe estar dirigida a atender inmediatamente la solicitud de cesación de las mismas, pues mantenerlas importaría ampliar el accionar punitivo del Estado, más allá de lo que le permite la Constitución”
(El resaltado es nuestro).