SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1233/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que se han vulnerado sus derechos a la libertad, a la defensa y la garantía del debido proceso, porque se encuentra privado de libertad como consecuencia de un mandamiento de apremio, expedido dentro de un proceso de asistencia familiar en el que nunca fue legalmente citado con la demanda, pues en el expediente cursa una supuesta notificación realizada por un funcionario policial sin que exista despacho instruido, firma, testigo de actuación, ni formulario de notificaciones; pese a ese extremo, el recurrido rechazó su pedido de nulidad de obrados, argumentando que si bien la citación no cumplió con los requisitos legales, pero si con su finalidad, y en base a una supuesta notificación de liquidaciones de pensiones realizada el 6 de noviembre de 2002, respecto a la cual acreditó que el supuesto testigo de actuación no existía y que el número de cédula de identidad que figuraba en ella pertenecía a otra persona. Corresponde considerar en revisión lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la autoridad recurrida no ha demostrado en el presente recurso, que el recurrente después de esa diligencia de notificación y antes de la ejecución del mandamiento de apremio emitido en su contra, se hubiera apersonado a su despacho a afectos de ejercer su derecho a la defensa, ya sea contestando la demanda en los términos previstos en el art. 129.II del CPC o presentando alguna solicitud o incidente,