Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1233/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
improcedente
La Resolución 046/2006, de 20 de octubre, cursante de fs. 31 a 32 vta, declaró improcedente el recurso, bajo el argumento de que el recurrente reclama la vulneración de la garantía del debido proceso y de su derecho a la defensa, no siendo el recurso de hábeas corpus el medio idóneo para ese fin, más cuando existe una apelación pendiente respecto al Auto de 28 de septiembre de 2006 que rechazó la solicitud de nulidad de obrados, en la que se hace referencia a los mismos aspectos alegados en el presente recurso, no siendo sustitutivo el hábeas corpus de los recursos ordinarios que franquea la ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la autoridad recurrida no ha demostrado en el presente recurso, que el recurrente después de esa diligencia de notificación y antes de la ejecución del mandamiento de apremio emitido en su contra, se hubiera apersonado a su despacho a afectos de ejercer su derecho a la defensa, ya sea contestando la demanda en los términos previstos en el art. 129.II del CPC o presentando alguna solicitud o incidente,