Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
2°
2° declarar la PROCEDENCIA del recurso interpuesto por Juan Carlos Nicacio Troncoso; por ende, se deja sin efecto la audiencia y la Resolución de 12 de octubre de 2006, debiendo las autoridades recurridas convocar a una nueva audiencia dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes desde su notificación, a efecto de resolver el recurso de apelación, disponiendo las medidas necesarias para la conducción y comparecencia del recurrente en la actuación judicial.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- III.2.
- se computarán días corridos
- III.3.
- la situación de los imputados detenidos en los recintos carcelarios, merece un análisis distinto
- 2°