Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de hábeas corpus contra Eloy Avendaño Menchaca y Juan Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, impetrando sea declarado procedente, por ende, se disponga la nulidad de obrados hasta el Auto de concesión de cesación de detención preventiva, así como su inmediata libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- III.2.
- se computarán días corridos
- III.3.
- la situación de los imputados detenidos en los recintos carcelarios, merece un análisis distinto
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