Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2006-R
Fecha: 08-Dic-2006
II.2.
II.2. Mediante memorial de 15 de agosto de 2006 (fs. 7), el recurrente solicitó la suspensión condicional de la pena, solicitud rechazada por decreto de 17 de agosto de 2006 (fs. 7 vta.) argumentando pérdida de competencia del Tribunal que conoció el proceso principal, que dispuso la remisión de antecedentes al Juez de Ejecución Penal a los fines de los arts. 430 y 432 del CPP.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- la suspensión condicional de la pena y las obligaciones que deberá cumplir el condenado”
- ; caso en el que la autoridad competente para conceder o revocar este beneficio es el Juez o Tribunal que dictó la sentencia
- III.2.
- APROBAR